Edwin no tiene que decidir
El conocimiento de esta Ley debería ser interés de toda la ciudadanía, independientemente de edades y áreas de trabajo. Se lo debemos a Edwin y a miles como él.
Edwin tiene 12 años, pero parece haber vivido al menos unos cinco más. La agilidad de sus piernas subiendo y bajando del minibús donde oficia de voceador lo hace parecer más delgado e incluso menor de lo que en realidad es. No es una agilidad innata, sino una habilidad que adquirió tempranamente, corriendo tras la pelota y defendiéndola en la cancha de su barrio y ayudando a su madre a cargar y descargar los bultos de mercadería en su pequeño puesto de verduras en el mercado.
Lo que realmente brilla en Edwin no es su agilidad mi la ronca voz con la que canta los anuncios de las paradas del minibús, sino el brillo de sus ojos. Negros y pícaros, parecen escanear a los pasajeros para detectar, con certeza, quiénes pagaron el viaje y quiénes aún no lo hicieron. También para detectar, ojo avizor, los potenciales pasajeros que esperan en las esquinas para subir al carro al vuelo: sube, subeee, vaaamos.
Por supuesto, esta pequeña historia no tiene ninguna novedad. Hay miles de niños y niñas como Edwin, trabajando por cuenta propia o por cuenta ajena en mercados, minas, parcelas y calles. Los más afortunados pueden hacerlo de día y con la protección de sus padres o algún adulto. Pero la mayoría está sujeto a la buena voluntad de sus eventuales empleadores.
Tampoco el trabajo de las y los niños es un tema nuevo. Desde hace varias décadas hay dos corrientes que se enfrentan sin haber encontrado, hasta ahora, soluciones excluyentes. Por un lado, hay quienes propugnan a rajatabla la abolición del trabajo infantil en resguardo de sus derechos. Por otro lado, hay quienes sostienen que el trabajo de niñas y niños es un derecho, es parte de las culturas campesinas indígenas, en muchos casos una ayuda económica indispensable para los padres, contribuye a forjar el carácter y constituye también una actividad también educativa.
En medio de sus afanes, Edwin aún no sabe que varias amenazas se ciernen sobre el precario equilibrio que él y su familia construyeron en su rutina y su economía del día a día: los conflictos de enfrentar a medias realidad con legislación.
Más allá de posiciones irreductibles, el punto central, sin embargo, según la experta María Gracia de Morais, está en al menos dos aspectos. En primer término, el bien fundamental a resguardar es el derecho a la educación de las y los niños y adolescentes, lo que significa, inapelablemente, que el trabajo no puede, de ninguna manera, interferir con el tiempo y condiciones para los estudios. El otro aspecto es el derecho de esta población a un trabajo protegido, lo cual implica seguridad personal, laboral y social, atención de la salud, derechos de asociación, salario justo y otras condiciones legales, las mismas que para cualquier adulto.
Aunque no puede hablarse de un acuerdo conclusivo entre las corrientes, según Morais hay ciertos puntos de avance, como por ejemplo la edad mínima para trabajar, establecida por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 14 años y la consistencia de una serie de normas e instituciones estatales para velar por el cumplimiento de la ley.
Varios de estos aspectos están establecidos en el vigente Código de la Niña, Niño y Adolescentes de Bolivia (2013), aunque con algunas discordancias e inconsistencias por adiciones de último momento. El conocimiento de esta Ley debería ser interés de toda la ciudadanía, independientemente de edades y áreas de trabajo. Se lo debemos a Edwin y a miles como él.
La autora es comunicadora social.
Columnas de CARMEN BEATRIZ RUIZ