Una sentencia polémica
El 26 de abril se publicó una sentencia muy polémica, resultante del juicio a La Manada en Pamplona, España. El impacto de esta sentencia se sintió en todo el mundo, sobre todo en los países hispanoparlantes, donde distintas agrupaciones (sobre todo feministas) hicieron público su descontento con las consignas “yo sí te creo” o “no fue abuso, fue violación”. Quizás porque el mundo de las redes nos hace tan cercanos, las repercusiones y la indignación llegaron con tanta fuerza también a los medios locales.
Ahora bien, la gran mayoría de los comentarios no tomaron en cuenta la sentencia misma. Se trata de un documento de 370 páginas de consideraciones y discusión de pruebas que requieren una preparación técnica para su interpretación. En este texto se toma en cuenta y se aceptan las declaraciones de la muchacha (en tres momentos: cuando habla por primera vez con una agente, cuando declara en la policía y durante el juicio). El tribunal no solo le cree sino valora como coherentes estas declaraciones con los contenidos de los videos y otras pruebas. La sentencia propone además una tipología específica para el delito que se imputa a los acusados: el abuso sexual.
Muchas de las activistas no conocen el lenguaje técnico usado en la sentencia y no están conformes con el resultado. En nombre de la defensa de la víctima, quieren presionar con la fuerza de la opinión pública para cambiar esta sentencia y pedir la destitución de los jueces involucrados. Y esa es una muy mala idea.
Los jueces deben evaluar evidencia, definir hechos que puedan ser probados y fijar una sentencia en función de las leyes vigentes, no en función de la opinión pública, por muy buenas intenciones que haya por parte de quienes protestan. De otro modo se violarían principios fundamentales de los derechos humanos: el debido proceso y la presunción de inocencia.
En Bolivia tenemos un excelente ejemplo de un sistema de justicia que vulnera con frecuencia el debido proceso, donde no hay una recolección de pruebas tan exhaustiva, con funcionarios que tienden a cambiar la interpretación de la ley siguiendo la presión de distintos colectivos (véase por ejemplo la Sentencia Constitucional 0084/2017) e incluso en la construcción de leyes y códigos a medida, arbitrarios o con fallas conceptuales (tal el caso del nuevo código penal).
Este es el asunto: no se puede pretender que la justicia tome partido. Debe mantener su independencia por encima de los grupos de presión, porque la misma presión que puede inclinarla ahora hacia nuestro lado, podría actuar en nuestra contra en otro momento.
La autora es escritora.
Columnas de CECILIA DE MARCHI MOYANO