Convulsión social vs. rol de las Fuerzas Armadas

Columna
Publicado el 02/11/2019

En medio de los acontecimientos políticos del año 2003, Goni Sánchez de Lozada ordenó a las Fuerzas Armadas que salgan a las calles y controlen la convulsión social, pero como hubo muer­tos y otros abusos de poder, sus comandantes terminaron sen­tenciados y recluidos en la cár­cel pública de Chuquisaca. 

Los imputados alegaron que debían ser juzgados por la justicia militar pero el Tribunal Constitucional resolvió que debían ser juzgados por la justicia ordinaria. 

En la sentencia 664/2004-R de 6 de mayo, el Tribunal Constitu­cional recordaba que ha existido un tránsito del clásico concepto de seguridad nacional que se asignaba a las FFAA, al concepto de Seguridad Demo­crática, que tiene como antece­dente las recomendaciones de la Comisión Palme para Asuntos de Desarme y Seguridad, publi­cadas a fines de la década de los 70 (Tratado Marco de Seguridad Democrática de Centroamérica), que se fundamenta en el respeto, promoción y tutela de todos los derechos humanos, mediante la creación de condiciones que permitan el desarrollo personal, familiar y social en paz, libertad y democracia… (Cfr. Comisión Andina de Juristas, Desafíos de la democracia en la Región Andina). 

La misión de las FFAA solo puede ser entendida si su actividad se desarrolla dentro del marco de la democracia, el respeto a la Constitución y a las le­yes, observando los principios de igualdad, prohibición de ex­ceso, ofensividad, propor­cionalidad, legalidad, mínima intervención. 

La actividad desa­rrollada por los militares  encuentra su límite en la Constitución y en los propios principios y normas que susten­tan a esa institución, por lo que, su acción solo será ajustada a derecho si es coherente con los preceptos de la Ley Fundamen­tal y la Ley Orgánica de las FFAA.

A tiempo de transcribir la normativa castrense, el tribu­nal analizaba los alcances de la justicia militar y resumía: 

1) Están sujetos a la jurisdicción militar los bolivianos y extran­jeros, en razón de los delitos que afecten a materias militares, entendiéndose, por lo tanto, que solo las acciones (tipificadas en el Código Penal Militar) que vul­neren bienes jurídicos castrenses, estarán sometidas a esa jurisdic­ción; 

2) El Código Penal Militar se aplica, entre otros, a todos los delitos cometidos por los miem­bros de las FFAA en actos de servicio o en ocasión de él, dentro o fuera de los cuarteles, campamentos, zonas militares; y en todo el territorio de la Repú­blica en caso de guerra interna o externa; por consiguiente, para que los miembros de las FFAA estén sometidos a la jurisdicción militar, es necesario que se trate de delitos cometidos en actos de servicio o en ocasión de él, den­tro o fuera de zonas militares. 

Los tribunales militares, entonces, no son competentes para conocer los delitos que no sean de su función específica. 

Aunque el Tribunal Cons­titucional dejaba estableci­do que las FFAA actuaron en los sucesos de febrero de 2003 a solicitud del Poder Ejecutivo; sin em­bargo, esa actuación debía encontrar su límite en la propia Ley Fundamental; en cuyo mérito, toda actuación que suponga una vulneración a sus normas y, principalmen­te, a los derechos y garantías reconocidos a las personas, va más allá de los límites im­puestos por la propia Consti­tución y desvirtúan la misión encomendada a esa institución.

En definitiva, si bien los de­litos imputados a los militares fueron cometidos en los acon­tecimientos políticos de febrero de 2003, no fueron realizados en ocasión del servicio, y menos se puede concluir que en virtud a ello, su tipificación corresponda a la codificación militar y que es­tán sometidos a la jurisdicción y competencia de la justicia militar, por cuanto ni la Constitución ni la Ley Orgánica de las FFAA, bajo ninguna circuns­tancia, tienden a convalidar la vulneración de derechos y ga­rantías constitucionales en mérito a la defensa de la seguridad y el mantenimiento del orden públi­co.

Los delitos cometidos por los militares fueron juzgados por los jueces y tribunales ordinarios, ya que intervenir en una convulsión social, constituye una actividad ajena a la misión constitucional que tienen las FFAA.

 

El autor es jurista y autor de varios libros

Columnas de WILLIAM HERRERA ÁÑEZ

26/04/2024
Las comisiones mixtas de Constitución y de Justicia Plural suspendieron la preselección de candidatos a las judiciales hasta tanto se conozcan los fallos de...
15/04/2024
El siglo XXI comenzó auspicioso para los derechos del niño, niña y adolescente boliviano porque no sólo se avanzó en su reconocimiento legal y constitucional...
09/04/2024
En la plataforma digital “Entre Líneas”, Gary Prado Araúz, recordó la ejecución extrajudicial que terminó con la vida de Eduardo Rózsa Flores, Arpad...
26/03/2024
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha vuelto a radiografiar al sistema de la justicia boliviana y ha puesto el acento en los desafíos...

Más en Puntos de Vista

COLUMNA ABIERTA
CARLOS DERPIC SALAZAR
07/06/2026
SURAZO
JUAN JOSÉ TORO MONTOYA
07/06/2026
EL SATÉLITE DE LA LUNA
FRANCESCO ZARATTI
07/06/2026
LA ESPADA EN LA PALABRA
IGNACIO VERA DE RADA
05/06/2026
BUSCANDO LA VERDAD
GARY ANTONIO RODRÍGUEZ
04/06/2026
En Portada
Después de una sesión de casi 14 horas, la Cámara de Diputados sancionó a primera hora de la mañana de este domingo la ley que regula los Estados de excepción...
Hoy, Perú se enfrenta a una de las encrucijadas más determinantes de su historia reciente. Más de 27.1 millones de peruanos acudirán a las urnas para elegir al...

Aproximadamente 6.000 millones de personas (de 8.300 millones que habitan el planeta) seguirán los partidos del Mundial de Fútbol 2026 a partir del 11 de junio...
El próximo 11 de junio comenzará una Copa del Mundo distinta a todas las anteriores. No será únicamente el campeonato más grande de la historia por la cantidad...
El periodista deportivo, Óscar Galdo, asegura que el Mundial 2026 tiene todos los ingredientes para convertirse en uno de los eventos más espectaculares que...
Después de 20 años, el fútbol se prepara para la ausencia en los campos deportivos de Lionel Messi, Cristiano Ronaldo, Luka Modric y Neymar, quienes...

Actualidad
La llegada de más de 60 flamencos rosados a la laguna Alalay se ha convertido en una de las principales señales de la...
Cada 6 de junio, Bolivia celebra el Día del Maestro, una fecha que reconoce la labor de miles de educadores que más...
La homilía celebrada por León XIV es el acto más multitudinario que realizará en su visita a la capital española.
El líder cocalero Juan Evo Morales señaló que le causan risa los supuestos intentos de forzarlo a abandonar el trópico...

Deportes
El periodista deportivo, Óscar Galdo, asegura que el Mundial 2026 tiene todos los ingredientes para convertirse en uno...
El próximo 11 de junio comenzará una Copa del Mundo distinta a todas las anteriores. No será únicamente el campeonato...
De las muchas singularidades y hechos inéditos que adornan la realización de esta versión del Mundial de Fútbol 2026,...
Después de 20 años, el fútbol se prepara para la ausencia en los campos deportivos de Lionel Messi, Cristiano...

Tendencias
En conmemoración del Día Mundial del Medio Ambiente, la Reserva de la Biosfera Estación Biológica del Beni realizó este...
En un esfuerzo conjunto por la preservación de la vida silvestre, el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap), a...

Doble Click
La plataforma ambiental Piensa Verde avanza en la fase definitiva de sus Fondos Concursables 2026, un mecanismo de...
Galia Sejas y Gabriela Calizaya son las nuevas soberanas de la Morenada UNITEPC.
La autora, directora, ilustradora y activista franco-iraní Marjane Satrapi, conocida principalmente por su serie de...
El Coro Vox Haus, dirigido por la maestra Katia Escalera, simultáneamente con el Ensamble Orquestal Ánima Cantis, con...