Iván Tellería asume Alcaldía entre diferencias y promete estabilidad
En medio de tensión entre los demócratas y dos rondas de votación, finalmente Iván Tellería fue elegido alcalde suplente ante el impedimento de José María Leyes, quien está con detención por el caso Mochilas II.
“Vamos a asumir la Alcaldía con hidalguía, responsabilidad y siempre transparentando cualquier información requerida (…) En vez de evaluar personal, queremos que se comprometan con el municipio y dar estabilidad a Cochabamba”, anunció Tellería.
Aseguró que no guarda “rencor” por el apoyo que no recibió en la primera votación por parte de los concejales Carlos Coca y Édgar Gainza, de su misma bancada. Explicó que se ve impedido de comunicarse con Leyes por determinación judicial, pero que verá la forma de continuar la gestión bajo los lineamientos marcados por el munícipe.
Tensa elección
Con 30 minutos de retraso, al promediar las 19:00 se instaló la sesión del Concejo Municipal para la elección del alcalde suplente. En ese momento, el oficial mayor dio lectura del informe jurídico que estableció que la detención impide el cumplimiento de los principios de administración pública, como ser la celeridad y eficacia de trámites y el custodio de documentación municipales en oficinas de la Alcaldía.
Luego de conocer el criterio jurídico, la jefa de la bancada Demócrata de los concejales, Rosemary Llusco, dio a conocer la postulación de Iván Tellería para alcalde suplente, asegurando que se trató de una decisión unánime y dio inició a la votación.
La primera en votar fue la concejala Rocío Molina (MAS), quien se abstuvo y lamentó que la misma se haya dilatado, cuando los abogados del Concejo conocían el procedimiento a seguir. Luego, Celima Torrico se abstuvo e instó a devolver la “institucionalidad” al municipio.
“Si quieren ratificar o quieren otro pasanaku (de alcaldes), igual vamos a respetar; pero basta del manoseo de los demócratas, deben ser éticos y dar la cara a Cochabamba (…) no queremos que se sigan enraizando en el municipio las juntuchas de enamorados de asambleístas ni esposas de funcionarios, el municipio no es una repartija”, reclamó.
Durante la votación, Sergio Rodríguez (MAS), Edwin Jiménez (Único) y Joel Flores (MAS) se abstuvieron.
En tanto, Carlos Coca (Demócrata), al momento de emitir su voto, manifestó que no hubo consenso en la postulación de Tellería y se abstuvo. Anunció su deseo de ser el alcalde suplente. “No ha habido consenso, si yo tuviera los seis votos, me postularía como alcalde (…) pero constantemente he sido cuestionado sólo por fiscalizar, hasta me han asociado al MAS, cuando nunca me he reunido con ellos”, apuntó Coca.
Los concejales Beatriz Terán, Karen Suárez y Rosmery Llusco respaldaron su apoyo a Tellería. Sin embargo, los votos a su favor (tres) no fueron suficientes, por lo que se declaró un cuarto intermedio y se sometió a una segunda ronda.
Nuevamente Tellería fue postulado y esta vez recibió los votos a favor de Coca, Gainza, Jiménez y Rodríguez logrando mayoría (ocho de 11 votos). Tellería fue elegido como suplente y anunció que, como primera acción, se reunirá con secretarios para coordinar líneas de trabajo. Ahora que Tellería pasa al Ejecutivo, el Concejo Municipal debe elegir a un nuevo presidente.
Por otro lado, el recurso de acción de libertad que presentó el alcalde José María Leyes fue rechazado ayer.
DECLARACIONES
"Se debe dar estabilidad a Cochabamba y se deben dejar de lado los intereses personales. Doy mi respaldo (a Tellería)". Káren Suárez. Concejal (Demócrata)
"Decir unanimidad es que el 100% haya apoyado, pero son sólo cuatro concejales que han dado su apoyo (a Tellería); no ha habido consenso". Carlos Coca. Concejal (demócrata)
"El municipio no es una repartición de trabajos, queremos que se dé institucionalidad a Cochabamba". Celima Torrico. Concejal MAS
11 ABOGADOS AVALARON LA ELECCIÓN DE UN SUPLENTE
REDACCIÓN CENTRAL
El Concejo Municipal eligió ayer como alcalde suplente temporal a Iván Tellería hasta que cesen los impedimentos que tiene José María Leyes siguiendo la recomendación jurídica que elaboraron los 11 abogados del órgano legislativo y que se basó en una ponderación de derechos.
El criterio jurídico para elegir un reemplazo se sustentó en el artículo 232 de la Constitución Política del Estado, que señala que “la administración pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados”.
También se citaron los demás artículos de la Carta Magna que rigen la administración pública: el 237 y 283, así como la Ley 482, que en su artículo 26 determina las atribuciones del alcalde y las suplencias hasta que cesen los impedimentos.
Además se respaldaron en la Ley Municipal 026 sobre las condiciones para la elección de un suplente y en el Reglamento del Concejo Municipal, que señala las causas para la designación de un reemplazante.
Sobre el anuncio de la defensa del alcalde Leyes de procesar a los concejales que elijan un suplente por sedición, la Unidad Jurídica aclaró que todas personas pueden iniciar procesos, pero tienen que presentar pruebas.