La justicia social
En su opúsculo ¿Qué es justicia? (1957), Hans Kelsen dijo que esa es la eterna pregunta de la humanidad, que ninguna otra cuestión ha motivado debates tan apasionados ni ha sido objeto de tanta reflexión para los pensadores más ilustres, de Platón a Kant; pero que se trataba de una pregunta que sigue sin respuesta. Él mismo, al concluir sus reflexiones, confiesa estar seguro de que no respondió a la pregunta.
Es verdad que, desde antiguo, ha tenido lugar la reflexión acerca de lo que es la justicia. Aristóteles (Ética a Nicómaco) abordó la cuestión de manera profunda. Siglos después, santo Tomás de Aquino la retomó y, sobre la base de las formulaciones del estagirita, lanzó una nueva propuesta. Ya en el siglo XX, el filósofo del derecho jalisciense Rafael Preciado Hernández, intentó una muy interesante proposición que fue enriquecida por los aportes del hidrocálido Jesús Antonio de la Torre Rangel que, a su vez, se apoyó en el aporte de otros pensadores como Paulo Freire y Jon Sobrino, para fundamentar la justicia como fin del derecho. El argentino Arturo Enrique Sampay también hizo lo suyo.
Seguramente continuarán los debates y los aportes al respecto, con la seguridad de que nada tiene una respuesta absoluta. No en vano otro filósofo del derecho iuspositivista, José Vilanova, señala que la verdad no es una posesión del conocimiento, sino una aspiración, una idea reguladora del pensar.
Ahora bien, las respuestas que a lo largo de la historia se han dado sobre la justicia, han sufrido modificaciones motivadas no sólo por la inspiración personal de los autores, sino por las transformaciones de la realidad social.
Durante los siglos XVIII y XIX, el capitalismo irrumpió imparable en Europa, bajo la forma de liberalismo económico, transformando la realidad con una violencia y una rapidez desconocidas hasta entonces, dando paso a un progreso y a situaciones de explotación y miseria jamás vistos antes.
Pensadores como Eric Hobsbawm o Guy Palmade dan cuenta, por ejemplo, de la manera en que los campesinos fueron víctima de la política de los vallados, mediante la cual se les confiscaron sus tierras y fueron literalmente obligados a convertirse en asalariados, so pena de constituirse en mendigos, convertirse en ladrones o terminar en los hospitales. Peor aún, quienes se transformaron en obreros sentían el peso de su nueva situación y eran, en no pocas ocasiones, presa del alcohol. Walter Montenegro señala que hubo empresarios que creían que los adultos ofrecían demasiados problemas, y preferían contratar niños desde los siete años de edad, que eran encadenados a las máquinas y cuyos dientes eran limados para que coman menos.
Estas tremendas circunstancias, dieron lugar al surgimiento del término “justicia social”, que hace referencia a la necesidad de que los Estados propicien las condiciones para que todos, y no solamente algunos, cuenten con trabajo seguro e ingresos que les permitan subsistir, lo mismo que a sus familias; cuenten con educación y posibilidades de acceso a educación y salud; tengan, en fin, una existencia digna del ser humano.
Al nacer en 1919 la OIT, consideró a la justicia social como imprescindible para la paz y ha adoptado, el 10 de junio de 2008, la Declaración sobre la Justicia Social para una Globalización Equitativa, a la cual se refiere como “aspiración universal”, “objetivo fundamental” y “valor”.
Ni qué decir de la Iglesia católica, cuya doctrina social tiene como sus bases fundamentales a la justicia social y el bien común, a las cuales se ha referido en infinidad de documentos como las encíclicas Quadragesimo Anno, Populorum Progressio o Laborem Excersens.
El constitucionalismo social también incorporó como una cuestión fundamental que el régimen económico y financiero de los Estados debe responder a la justicia social. Así, la Constitución boliviana de 1938, en su artículo 106, disponía que “el régimen económico debe responder esencialmente a principios de justicia social”, precepto reiterado en las constituciones posteriores, incluida la actual Constitución que usa el término en tres oportunidades.
¿Qué puede llevar a alguien a formular una propuesta constitucional que elimine la justicia social de su contenido? ¿La creencia de que el retorno del liberalismo económico solucionará los problemas de Bolivia? No lo sabemos, pero la justicia social desapareció, como por arte de magia, en el proyecto de Constitución del expresidente Sánchez de Lozada.
Columnas de CARLOS DERPIC S.




















