ANP: Constitución garantiza “secreto de las comunicaciones privadas”
La Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP), que representa a los medios impresos y una agencia de noticias, recordó que está vigente el artículo 25 de la Constitución Política del Estado (CPE).
El mismo otorga a toda persona el "derecho a la inviolabilidad de su domicilio y al secreto de las comunicaciones privadas en todas sus formas, salvo autorización judicial", se lee en un comunicado de prensa de la ANP.
El parágrafo tercero de la CPE es contundente al expresar que "ni la autoridad pública, ni persona u organismo alguno podrán interceptar conversaciones o comunicaciones privadas mediante instalación que las controle o centralice", agregó.
Manifestó que la estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) impuso a su personal la obligación de registrar sus cuentas creadas en redes sociales, el 5 de diciembre, sin lugar a negativa. Luego de las protestas expresadas en medios virtuales ratificó su mensaje bajo el argumento de "mantener una comunicación interna horizontal y eficiente".
La circular de la petrolera fechada en la ciudad de Santa Cruz, el 5 de diciembre de 2018, señala: "…se solicita coordinar y completar datos de cuentas de redes sociales de sus trabajadores dependientes de acuerdo al listado adjunto…, debiendo completar obligatoriamente cada una de las cuentas, no pudiendo alegar que no se cuenta con las mismas, porque dicha información será consolidada y remitida a Presidencia Ejecutiva".
La empresa estatal rechazó insinuaciones de vulneración de la privacidad de su personal y reiteró el deseo de "…mantener una comunicación interna horizontal y eficiente, además de obtener retroalimentación, en funciones de nuestros planes de comunicación interna", concluyó el comunicado de la ANP.




























