Hay que reconstruir la Defensoría

Columna
Publicado el 03/04/2022

“La Defensoría del Pueblo velará por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los Derechos Humanos, individuales y colectivos que se establecen en la Constitución, las leyes y los instrumentos internacionales. La función de la Defensoría alcanzará a la actividad administrativa de todo el sector público”.

Es lo que dispone el Art. 218 de la Constitución Política del Estado como parte de los mecanismos supralegales de “Defensa de la Sociedad”. La Defensoría fue constitucionalizada en 1994, legislada en 1997, puesta en funcionamiento en 1998 y mantenida en el nuevo texto constitucional de 2009. Por lo mismo su vigencia tiene ya 24 años.

Se trata de un instrumento esencial para la construcción del Estado de derecho, a partir del respeto estatal a los derechos humanos, en esa relación compleja de la autoridad con la sociedad, especialmente en nuestro país asolado no sólo por dictaduras, sino por el autoritarismo de nuestros gobernantes constitucionales.

Ese respeto a los derechos fundamentales se asienta en dos principios establecidos en nuestra Constitución y en los tratados internacionales. El primero es que existen derechos como atributos de la persona que no dependen del reconocimiento estatal, que son universales, indivisibles y no admiten discriminación de ningún tipo. El segundo principio es que son derechos que se afirman frente al poder público, que es quien tiene el monopolio de la fuerza, para evitar el uso indebido y abusivo de la misma, procurando un equilibrio entre Estado y sociedad, entre la ley y la libertad, como base de la gobernabilidad democrática.

Como se dijo, la Defensoría fue instituida en nuestro país 24 años atrás, pero en la práctica no existe hace seis años, desde que en 2016 fuera cooptada por el Gobierno que con sus 2/3 de parlamentarios designó a un señor de apellido Tezanos Pinto, de abierta filiación gubernamental, quien, después de tres años, tuvo que dejar el cargo en medio de escandaletes personales. Desde 2019 hasta ahora, le sucedió en el cargo la señora Nadia Cruz que, con igual filiación partidaria, continúa hoy en un largo y estéril interinato.

Urge la designación inmediata de un nuevo y verdadero Defensor o Defensora. El hegemonismo del MAS ha cooptado casi todas las instituciones públicas y al hacerlo con la Defensoría ha ocasionado casi su demolición, mucho más si el copamiento del Órgano Judicial ha dejado inerme a la sociedad y a sus derechos frente al permanente atropello gubernamental. 

Ana María Romero de Campero, elegida como primera Defensora en 1998, fue la constructora de la institucionalidad defensorial durante cinco años (1998-2003) y correspondió a Waldo Albarracín (2003-2008) y Rolando Villena (2010-2016) consolidar su desarrollo durante más de una década, lidiando ya con los excesos y atropellos del masismo.

La designación de un nuevo Defensor o Defensora aparejará al menos dos desafíos de largo alcance. El primero, la reconstrucción institucional, resituando a la Defensoría desde la sociedad, como prevé la Constitución, y en defensa irrestricta de los derechos y garantías de la gente. Y el segundo, la de convertirse en un guardián celoso de la libertad y la dignidad de todas las personas, en medio de un peligroso escenario de polaridad política, emergente de la crisis irresuelta de 2019.

Se tendrán que reconstruir equipos, organización, planes y estrategias defensoriales; tendrá que hacerse una priorización de las áreas de riesgo para los derechos humanos, donde especial relieve deberían tener los derechos colectivos, la protección del medio ambiente, las naciones y pueblos originarios, la población penitenciaria, la mantenida impunidad de los delincuentes, amén de los cotidianos abusos de los distintos agentes gubernamentales.

Pero, además, la Defensoría deberá constituirse en un decidido promotor del reencuentro y de la concertación nacional, impulsando escenarios de diálogo en todos los ámbitos de la conflictualidad política y social, cuya ausencia mantienen al país estancado en sus crisis.

Para ello, y respetando todas las postulaciones, no cualquier persona puede ser Defensor o Defensora. Requerimos de una personalidad independiente de todos los factores de poder político, económico o corporativo; que exhiba una hoja de vida sin tachas y que tenga una reconocida trayectoria en defensa de los derechos humanos. 

Y si encontramos esa persona, su nombramiento debería ser de consenso, a partir de la buena señal que nos dieron los parlamentarios al concertar los reglamentos. El consenso en la elección del Defensor o Defensora le darán la legitimidad necesaria para encarar los desafíos básicos anotados, que bien podrían ser parte de una agenda nacional mayor a la que todos deberemos contribuir.

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