“Derechos Reales” en la mira del Gobierno

Columna
Publicado el 11/09/2022

El derecho a la propiedad privada está consagrado en los Arts. 56 y 57 de la Constitución Política del Estado (CPE); derecho referido al dominio particular que tienen las personas sobre sus bienes muebles e inmuebles, que no son sino las “cosas” que le pertenecen; de ahí viene lo de “real”, derivación del latín “realis”, “res” o “rei” que significa precisamente “cosa”. Estamos hablando del patrimonio de las personas que tiene entre sus garantías la del registro, que lo hace público para que sea respetado por todos, o para que sea “oponible a terceros”, como dice la ley.

El Registro de Derechos Reales (DD.RR.) es pues una institución de carácter estatal administrativa destinada a garantizar el derecho a la propiedad y el patrimonio de las personas, en lo que hace a los bienes inmuebles, ya que hay otros registros públicos destinados a bienes muebles (automotores, por ejemplo). De ahí su enorme importancia que va mucho más allá de lo administrativo, ya que el patrimonio encarna el bienestar material de las personas, la seguridad jurídica sobre sus bienes, la estabilidad familiar y personal de los individuos y, en conjunto, la base material de la sociedad que garantiza su progreso y desarrollo.

Por lo mismo ese registro del patrimonio inmueble no puede estar en manos de un gobierno; tiene que estar garantizado por el Estado. No puede ser una administración gubernamental temporal, sino una gestión estatal de largo plazo la que garantice esa base de la sociedad que es, sin duda, el patrimonio. 

Y contra este principio básico podría atentar ahora el Gobierno, cuando uno de sus parlamentarios y el Viceministro de “Defensa del Consumidor” anunciaron la presentación de un “recurso de inconstitucionalidad”, en contra de la normativa “actual” sobre DD.RR., para que el Tribunal Constitucional “exhorte” a la Asamblea Legislativa la dictación de una ley, ordenando mientras tanto al Órgano

Ejecutivo la “regulación provisional del sistema de Derechos Reales”. 

El argumento es conocido: no sólo el anacronismo de una ley y un sistema, que datan de 1887, sino la ineficiencia, la burocracia y la corrupción que han hecho del registro de DD.RR. un peligroso antro de extorsión, que casi en nada garantiza el derecho propietario inmueble de los ciudadanos. Pero el remedio será peor que la enfermedad. Poner “provisionalmente” en manos del Gobierno el patrimonio de las personas puede ser nefasto, porque los gobernantes no sólo irán en busca de los recursos públicos que están escaseando, sino que meterán sus narices en los bienes de la gente que, sabemos, es uno de los mecanismos al que siempre han apelado los tiranos para anular o someter a la sociedad.

La situación de DD.RR. es trágica como la administración de justicia, pero su agravamiento es responsabilidad de los gobiernos del MAS que, desde 2009, han dejado en un limbo peligroso a la institución a la que, además, la han asaltado cooptando partidariamente su administración. Veamos: 

1. La CPE de 2009 eliminó la atribución del anterior Consejo de la Judicatura que era el que proponía ternas a las Cortes de Distrito para el nombramiento de los registradores de DD.RR. (Art. 123-2); y lo hizo por la vía de no decir nada al respecto con motivo de las atribuciones del nuevo Consejo de la Magistratura (Art. 195).

2. El vacío-limbo no fue resuelto, sino mantenido y agravado por la Ley 025 del “Órgano Judicial” de 2010 que, en su disposición transitoria séptima, dispuso que DD.RR. continuará funcionando “sujeto a las normas anteriores a la presente ley”, en tanto no se dicte una ley especial que lo regule.

3.Nunca la Asamblea Legislativa dictó esa ley especial y, por tanto, DD.RR., en base a la Constitución anterior, siguió dependiendo del Consejo de la Magistratura para las designaciones y bajo la normativa de 1887 para su funcionamiento.

4. Como sabemos, el Consejo de la Magistratura, con motivo de las “elecciones” judiciales de 2011 y 2017, ha sido cooptado partidariamente con los candidatos del MAS, y la partidización ha penetrado hondamente en DD.RR. que, aprovechando el limbo y la ausencia de la ley especial, ha agravado en extremo la corrupción, la burocracia y la ineficiencia. 

5. Ahora, los que en 11 años no dictaron la ley especial, los que cooptaron al Órgano Judicial, nos salen con un “recurso” ante el TCP para que éste exhorte la dictación de esa ley, pero sobre todo para que autorice “provisionalmente” la toma de DD.RR. por el Órgano Ejecutivo.

Con toda razón Silvia Padilla, presidente saliente del Colegio de Abogados de Chuquisaca, ha dicho que ésta será la estocada final al Órgano Judicial para dejarlo sin recursos, sin independencia y a merced del autoritarismo gubernamental. 

Urge la reforma estructural de la justicia, para garantizar nuestros derechos. 

 

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