Gobierno retrocede y anula normas que vulneran la libertad de expresión
El Gobierno aprobó ayer el Decreto Supremo 4236, que deroga la disposición adicional del Decreto 4231, luego de que trabajadores de la prensa y los organismos internacionales como el Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reclamarán que esa normativa va contra la libertad de expresión.
La Misión Permanente de Bolivia ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) envió ayer un comunicado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el que le informa de la determinación.
El comunicado indica que se derogó la disposición adicional única del Decreto Supremo 4231, del 7 de mayo de 2020; el parágrafo II del artículo 13 del Decreto Supremo 4200, del 25 de mayo y el parágrafo II del artículo 7 del Decreto Supremo 4199, del 21 de marzo del 2020, que sancionaban por la vía penal la difusión de la información escrita, impresa y/o artística que genere “incertidumbre en la población”.
El documento detalla que se anuló las normas en atención a las inquietudes que se dieron respecto a la interpretación de los decretos que para muchos era poner límite a la libertad de expresión en Bolivia.
“La misión permanente del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Organización de Estados Americanos, saluda muy atentamente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y comunica que el día de hoy el Gobierno de Bolivia, mediante Decreto Supremo 4236 en atención a ciertas inquietudes respecto a la interpretación de los decretos promulgado en el marco de la Emergencia Nacional y la Declaratoria de cuarentena tota, ha procedido a la derogatoria de las siguientes disposiciones”, apunta la carta.
El Gobierno remarcó que la derogatoria de dichos artículos no abandona el compromiso del Estado boliviano de precautelar los valores fundamentales de la seguridad pública en el marco de los derechos fundamentales y la libertad de expresión.
La polémica en el país se desató por la disposición adicional única del DS 4231 que, en primera instancia, buscaba prevenir la desinformación escrita, impresa o artística, al amparo de la declaratoria de emergencia sanitaria y cuarentena total por la pandemia del coronavirus.
Varias organizaciones periodísticas, periodistas, políticos, organizaciones internacionales y muchos otros exigieron la eliminación del decreto supremo porque lo consideraban como atentatoria a la libertad de expresión.
Junto a la controvertida disposición, el Gobierno también determinó derogar el Parágrafo II del artículo 13 del Decreto Supremo 4200, que señala que “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o desinformen o generen incertidumbre a la población, serán sujeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública”.
Asimismo, también derogó el Parágrafo II del artículo 7 del Decreto Supremo 4199 que disponía que “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o desinformen o generen incertidumbre a la población, serán objeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública”.
MURILLO APUNTA A LA “SUSCEPTIBILIDAD”
El ministro de Gobierno, Arturo Murillo, afirmó en su cuenta de Twitter que se procedió a la derogación de los decretos supremos que “creaban susceptibilidad”.
“A solicitud de organizaciones de DDHH y medios de comunicación, hemos derogado los artículos de decretos que creaban susceptibilidad sobre la libertad de prensa. Respetamos y defendemos la libertad, así como defendemos y respetamos la democracia”, tuiteó el ministro de Gobierno, Arturo Murillo.
Los decretos supremos fueron objeto de controversia y críticas por vulnerar la libertad de expresión y definir que se inicien procesos penales por el criterio que establecieron como desinformación.



























