Apostando por la mujer
El Estado boliviano a partir de la Constitución Política del Estado aprobada en 2009 ha establecido mandatos de procesos de empoderamiento de la mujer, a través de políticas de equidad de género; siendo asumida tanto por instancias estatales como privadas en sus respectivas políticas institucionales.
De esa forma, en niveles estatales existen avances fundamentales y con resultados positivos, expresados en la participación y representación política en instancias legislativas del Estado central y niveles territoriales como concejalas, asambleístas, diputadas y senadoras, a través de mecanismos de alternancia y paridad establecidos en la CPE y las leyes nacionales. Al mismo tiempo se evidencian políticas públicas enfocadas en empoderamiento de la mujer social y económicamente mediante generación de emprendimientos económicos. Desde las instituciones de carácter privado, la política de género se enfoca en empoderamiento sociopolítico de la mujer campesina, reflejando mayor participación y presencia de la mujer campesina en diferentes ámbitos: social, político, económico. Sin embargo, con dudas de su calidad de protagonismo que se cierne en los diferentes contextos.
De esa forma, cabe dimensionar la complejidad de las políticas de género en los contextos sociales y político-orgánicos, y empoderamiento cualitativo de la mujer campesina en espacios de poder, que conlleva la colisión de las leyes con normas y procedimientos propios.
Dentro los contextos sociales el proceso se complejiza, sobre todo con la aplicación de la ley 348, que apunta a garantizar una vida libre de violencia a la mujer; que, sin embargo, desde la perspectiva de los actores campesinos les está volviendo prisioneros tanto al hombre como a la misma mujer. Es decir, su rigurosidad de la ley, desde la visión de los propios actores campesinos choca con los sistemas de vida, con los usos y costumbres de género constituidos dentro los ámbitos rurales, haciendo víctimas a familias enteras desde las creencias en la comunidad. Poniendo en tela de juicio la vigencia de la propia normativa, como dispositivo que regule las relaciones sociales de convivencia armónica en la vida social campesina, se constituye en factor interpelado, que afecta las estructuras sociales y jurídicas de las familias campesinas, generando desencuentros con la justicia comunitaria, sistema jurídico que regula la convivencia social campesina históricamente. Es así que genera fisuras en el régimen de la vida social colectiva y comunitaria campesina.
Dentro el contexto sociopolítico, si bien existen avances trascendentales de presencia de la mujer campesina en espacios de poder, aún se percibe la necesidad de fortalecimiento de capacidad deliberativa y propositiva para cualificar el protagonismo político y técnico de la mujer campesina, que afecta de forma negativa en la legitimidad social y del mismo proceso político. Al mismo tiempo cabe recalcar, que, los dispositivos legales que permiten la asunción de cargos por las mujeres genera debates sobre todo cuando se subordinan los mecanismos orgánico políticos instituidos por las estructuras sindicales, y colisiona con el sistema democrático comunitario que instituye la carrera política orgánica en el establecimiento de estructuras de gobierno.
El autor es sociólogo del Cipca.
Columnas de CRISTOBAL SISCO RIOJA


















