Hay 11 personas bajo sospecha por caso mochilas y siguen indagando

Cochabamba
Publicado el 05/07/2018 a las 0h26
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Desde que se destapó el caso mochilas, hace más de tres meses, la Fiscalía, el Viceministerio de Transparencia, la Procuraduría y la defensa del alcalde José María Leyes han apelado a más de 20 recursos legales para acelerar, modificar o cambiar la determinación del juez.

A ello se suma que ya hay 11 personas procesadas: el alcalde, dos exsecretarios, tres empresarios, cuatro funcionarios y una jueza.

Seis funcionarios, un exfuncionario, una jueza y tres empresarios fueron aprehendidos y afrontaron sus medidas cautelares. Cuatro procesados cuentan con detención domiciliaria, uno está con detención preventiva y cinco pueden defenderse en libertad con algunas restricciones. Además, un exsecretario de la Alcaldía está prófugo.

El representante legal de la Asociación Accidental 26 de Febrero, Néstor G. M., guarda detención preventiva en el penal de San Sebastián desde el 5 de mayo, siendo el único imputado en la cárcel por no acreditar domicilio y trabajo.

El alcalde José María Leyes está con detención domiciliaria desde el 21 de abril. Sus abogados presentaron tres acciones de libertad, dos fueron rechazadas.

Además, interpusieron tres memoriales para una audiencia de modificación a la detención preventiva,  un  incidente de actividad procesal y la falta de legitimación activa en la denuncia de la concejal Rocío Molina.

Tras su aprehensión, toma de declaraciones y su audiencia de medidas cautelares, desde el 9 de junio cuentan con detención domiciliaria en Santa Cruz los titulares de la empresa “MANE COMP” y “MSPC”, Juan de Dios M. y María René R.

El exsecretario de Atención al Ciudadano del municipio, José Miguel P., retornó de Estados Unidos y se entregó ante el Ministerio Público. Desde el 30 de junio tiene detención domiciliaria. Tras las declaraciones emitidas por el exfuncionario, la Fiscalía solicitó que el caso se declare en reserva por 10 días para resguardar los elementos probatorios.

El 8 de junio, en una audiencia de medidas cautelares del alcalde de Cercado, José María Leyes, la jueza anticorrupción Sara Céspedes determinó de oficio unir los casos Mochilas I y II, por lo que el Ministerio Público la denunció por “prevaricato”, lo que la orilló a presentar una excusa del caso, que ayer fue rechazada.

Protestas y apoyo

Los activistas que protestan en la plaza 14 de Septiembre desde el 11 de junio, frente a la Alcaldía, se crucificaron ayer pidiendo que se reinstale la audiencia de medidas cautelares del Alcalde que fue suspendida el 8 de junio porque éste se descompensó y la Fiscalía observó la unión de los casos.

Además de los activistas, están en la vigilia grupos afines a Leyes. “Queremos que de una vez se ponga fecha para la audiencia de nuestro Alcalde y que vuelva a trabajar. Nosotros le elegimos para que nos gobierne no para que este detenido”, expresó una activista.

 

20 recursos emitidos. Las partes presentaron más de 20 recursos legales desde el inicio de la investigación hasta la fecha.

 

DECLARACIONES

"Nos sumamos al recurso de actividad procesal defectuosa presentado por la Procuraduría, por la unión de casos". Ever Veizaga. Rpte. Transparencia

"Estamos analizando qué acciones asumiremos por el retraso en la fijación de una nueva audiencia". Óscar Vera. Fiscal Departamental

 

POR DOS VOTOS A UNO, VOCALES RECHAZAN LA EXCUSA DE LA JUEZA ANTICORRUPCIÓN

Los vocales de las salas penales Primera y Segunda del Tribunal Departamental de Justicia notificaron ayer a las partes del caso mochilas con el rechazo de la excusa de la jueza anticorrupción, Sara Céspedes.

Con dos votos a favor  y uno en contra, decidieron que Céspedes nuevamente se haga cargo de los casos Mochilas I  y II.

La jueza se apartó del proceso luego de ser aprehendida por presunto prevaricato y haber sufrido maltrato del Ministerio Público, lo que le genera “animadversión”.

Pero, los vocales rechazaron la excusa planteada por la jueza anticorrupción y la conminaron a que continúe con el control jurisdiccional.

Como parte de la justificación los vocales  establecen que: “El o la juez tienen el deber legal y por propia voluntad sin que nadie le pida excusarse a través de una resolución fundamentada en el primer momento del proceso, antes de asumir conocimiento del mismo”.

Por otro lado: “La enemistad manifiesta solamente es admisible en el hipotético de que se le detecte a tiempo de conocer la causa y se origine en problemas de índole personal, antes del conocimiento de la causa, en ningún caso se procederá a la separación de la jueza, sea que la misma se origine en una recusación o incluso una excusa por ataques u ofensas al mismo inferidas luego de que hubiera comenzado a conocer el proceso”.

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